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transparencia
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formatos
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ArtÍculo 13
- Todo Ente Público del Distrito Federal deberá publicar al inicio de cada año un listado de la información que detentan, por rubros generales, especificando el ejercicio al que corresponde...Leer más
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ArtÍculo 14
- Al inicio de cada año, los Entes Públicos deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones...Leer más
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ArtÍculo 29
- Artículo 29. Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el Ente Público deberá difundir, dentro del primer mes de cada año...Leer más